Conozca sus derechos como pasajero
En primer lugar, debe saber, que en caso de tener cualquier incidencia con alguna aerolínea, estará al amparo de la normativa, comunitaria (Reglamento (CE) Nº 261/2004) e internacional (Convenio de Montreal).
Denegación de embarque u Overbooking
El Reglamento (CE) nº 261/2004 define como la negativa de la aerolínea a transportar pasajeros, teniendo una reserva confirmada y habiéndose presentado para la facturación con la suficiente antelación. Se venden más billetes que plazas hay en el avión.
En caso de Overbooking, el transportista debe de buscar pasajeros que renuncien a su plaza de manera voluntaria (ofreciéndote algo a cambio). En caso de no existir voluntarios o sí éstos son insuficientes el transportista denegará el embarque, con una compensación económica a favor del pasajero.
La aerolínea sólo podrá denegar justificadamente el embarque a un pasajero por razones de salud, de seguridad o no estar en posesión de los documentos necesarios para viajar.
Cancelación de vuelos
Si este es su caso, tiene dos opciones:
Reembolso del billete de avión.
1.- Cuando el vuelo pierda su razón de ser en relación con el plan inicial de viaje. (Ej.: Una reunión en el lugar de destino del vuelo, y el vuelo se cancela, no pudiendo asistir a la misma).
Transporte alternativo.
2.- En este caso, si la hora de llegada al destino es superior a las dos horas más con respecto al vuelo inicial, corresponde indemnización (Ej.: Le programan su viaje en otro vuelo).
En todo caso, la aerolínea está obligada a ofrecer comida y refrescos suficientes, en función al tiempo de espera. También ofrecerá gratuitamente dos llamadas telefónicas, télex, mensajes de fax o correos electrónicos.
Si la hora prevista del transporte alternativo es como mínimo al día siguiente, también tiene que ofrecer alojamiento gratuito, así como transporte entre aeropuerto y alojamiento.
Retrasos
Sú vuelo se ha retrasado TRES horas o más.
Tiene derecho a indemnización, excepto cuando “realmente” se hayan dado circunstancias extraordinarias. Resaltar ese “realmente”, por el hecho del abuso de esta excusa por parte de las compañías aéreas, eliminando así muchas reclamaciones.
Por ello, lo mejor es dejarlo en manos de especialistas, como Alvarez-Hevia Abogados, para llegar al fondo del asunto, y que puedas recibir tu indemnización.
Pérdida o daños de equipaje
¿Le han perdido su equipaje o tiene daños su maleta?
En este caso se puede pedir a la compañía transportista que le pague el valor de la maleta o bien que le compre una con las mismas características y del mismo valor, así como de los artículos de su interior.
Para el caso de pérdida de la maleta y que necesite artículos de primera necesidad, como por ejemplo ropa (sólo productos de necesidad no artículos de lujo) o productos de aseo, deberá guardar los tickets de compra, para reclamar el abono de los mismos al pasajero.
También debe saber, que la pérdida de maletas, lleva una indemnización por gastos en útiles, vestimenta y elementos de aseo personal, así como una compensación por el daño moral sufrido.