Va llegando la época navideña y con ella las ilusiones que cada año genera la Lotería de Navidad, así que desde Álvarez-Hevia Abogados, con el deseo de que todos aquellos que hojeen este blog resulten agraciados con el premio soñado, y que así sea, he aquí una más que resumida información de cómo tributarán estos premios a la Hacienda Pública, sea uno o varios los afortunados o los décimos premiados.
Con la entrada en vigor de la Ley 6/2018, a partir del 5 de julio de 2018, la parte del premio sobre las que no se pagan impuestos se amplia hasta los 10.000 euros. (Hasta entonces 2.500€) Este tramo se elevará a 20.000€ para el 2019 (próxima Lotería del Niño) y a 40.000€ para el 2020. No varía el gravamen, el 20%
En definitiva y para la Lotería de Navidad:
- Premios hasta 10.000 euros estarán exentos de gravamen y por tanto no pagaremos nada.
- Premios de más de 10.000 euros, estarán gravados al 20% en lo superen este importe.
- Estará sujeto el décimo, así que si tienes la suerte de tener dos décimos premiados con más de 10.000 euros, cada uno tendrá exentos los 10.000 euros primeros.
- Si el décimo/premio esta compartido entre varios, la parte sujeta a retención (+10.000€) se prorrateará entre todos los titulares.
- Hasta 2.500 euros no es preciso identificarse, y se abonará en cualquier punto de venta oficial.
- Descontada la retención del premio, no hay que declarar este en Renta.
- No es posible aplicar la retención en la declaración del IRPF.
Y no hay que desesperar, si por casualidad alguno no resultó afortunado en la de Navidad, seguramente lo será en la Lotería del Niño si tuvo la precaución de curiosear este blog; mejor aún, pues tendrá exentos de tributación los primeros 20.000 euros. Suerte y Felices Navidades.
One thought on “Lotería de Navidad. Cuanto te toca a ti, … y cuanto a Hacienda”
A ver si es verdad, y el despacho nos trae un poco de suerte. Felices Navidades. Luis Martínez